Las frutas y hortalizas son organismos vivos que deben mantenerse como tal durante la cosecha, la poscosecha, el procesado, empaquetado, almacenamiento, distribución y comercialización.
Frutas y hortalizas poseen un contenido de agua que varía entre el 75- 97%, carecen de importancia como fuente de energía ( a excepción de los frutos con pericarpio leñoso, fruta con cáscara, nueces, avellanas, etc) pero son esenciales como fuente de vitaminas, sales minerales, micronutrientes, hidratos de carbono; además las frutas aportan ácidos y ésteres, mientras que las hortalizas son fuente de fibra.
RESOLUCIONES
Por lo cual se reglamenta lo relacionado con produccion, procesamiento, transporte, almacenamiento y comercialización de vegetales como frutas y hortalizas elaboradas.
Por la cual se expiden normas sobre alimentos procesados de base vegetal para uso Infanti
Se reglamenta las características organolépticas físico-químicas y microbiológicas de los derivados del tomate.
Por la cual se reglamenta parcialmente lo relacionado con la elaboración, conservación y comercialización de jugos, concentrados, néctares, pulpas, pulpas azucaradas y refrescos de frutas.
LEYES
Por la cual se establece la cuota de fomento hortifrutícola, se crea un fondo de fomento, se establecen normas para su recaudo y admi-nistración y se dictan otras disposiciones.